La Administradora de Rodaje y Peaje Vías Bolivia, confirmó a EL DIARIO que solo el 0,45% de 935 mil vehículos que pasaron por las balanzas, como establece la Ley 441, de Control de Pesos y Dimensiones Vehiculares en la Red Vial Fundamental, fueron multados. Cifra que resulta ínfima en comparación con el total de los transportistas que cumplieron con el peso y las dimensiones establecidas.
Del total de 935.973 vehículos controlados, el 99,55% que corresponde a 931.733 no fueron multados, por estar enmarcados a la mencionada norma, mientras que el 0,45% que corresponden a 4.240 motorizados, fueron multados y de esta cantidad el 18% que equivale a 751 motorizados llegaron a cancelar su multa, de acuerdo con los documentos demostrados por Vías Bolivia.
SANCIONADOS EN SANTA CRUZ
Asimismo se demostró que los puestos de control que reportan una mayor cantidad de vehículos, que llegan a ser multados, se encuentran en Santa Cruz y no así en Suticollo, como denunciaron los dirigentes de la Confederación Nacional de Choferes de Bolivia, Ismael Fernández y el representante de El Alto, Pedro Quispe.
“La responsabilidad de la ABC, en el tema de peaje y pesaje, ellos se hacen cargo de proporcionarnos tanto infraestructura como equipamiento, al ser titulares en ruta fundamental. Luego se transfieren esta infraestructura a Vías Bolivia, esta entidad solo debe cobrar peajes, controla peso y multa infractores (
), como exige la Ley 441 para la conservación y mantenimiento de las carreteras", explicó la directora General Ejecutiva de Vías Bolivia, Marianela Zapata Gil en entrevista al decano.
Vías Bolivia al momento de pesar los motorizados que deben ser registrados en las 10 estaciones de control a nivel nacional, realiza las valoraciones de acuerdo al número de ejes (llantas) del motorizado, como destaca la norma en las 69 configuraciones que maneja la entidad.
PESO POR EJES
"El peso máximo que puede transitar en la vía es de 45 toneladas, sin importar la configuración la suma de todos los pesos por ejes, no deben pasar las 45 toneladas, pero fuera de esto tampoco se multa, porque la misma Ley 441, de acuerdo al artículo 11, parágrafo II, establece que se permite el 3% más, del peso total, porque se debe llegar a valorar diferentes aspectos, como cuando se saca agregado (arena) del río y con agua, este pesa más por su condición, pero como en el recorrido el agua se evapora, pierde peso. Por lo que significa que el transportista tiene 1.350 kilos que puede llevar extra, antes de ser multado", aclaró Zapata.
La Ley 441, establece cómo se logra la totalidad de peso de los motorizados de acuerdo a sus ejes, el artículo 21, referido a multas, indica que el monto de las multas es en bolivianos, “a partir de los 10 kilos hasta una tonelada, por encima del peso total de 46,33 kilos, la multa es de 500 bolivianos (…)”, hasta llegar a las cinco toneladas que registra un multa de Bs 7.500.
A partir de los sobre pesos, mayor a las cinco toneladas, el cálculo debe sumarse a Bs 3.750, multiplicado por las toneladas (…), establece la mencionada ley.
DAÑO A LAS VÍAS
Zapata establece que el motivo de las multas, tiene la finalidad de que el sector del transporte se regule y respete la cantidad de peso total que debe transportar, de acuerdo a sus ejes y evitar exceder constantemente el mismo, porque representa un daño permanente al pavimento, de acuerdo a un estudio realizado por la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), "siendo los vehículos de dos ejes sencillos, los que más daño generan hasta el 200%, a diferencia de los que llevan más ejes, porque la carga se llega a equilibrar en todo su espacio", añadió.
De esta manera Vías Bolivia, aclaró que el sector de la dirigencia de la Confederación de Transporte de Bolivia, se convierte en la única instancia que no acepta cancelar sus multas generadas, por exceso de carga y que irónicamente es el sector que más exigen el mantenimiento de las vías, las cuales suelen ser afectadas por el exceso de carga que ellos transportan a nivel nacional.
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