Wednesday, January 4, 2017

Aprueban decreto sobre velocidades máximas en carreteras


El Gabinete de ministros del presidente Evo Morales aprobó esta jornada un decreto supremo que modifica de forma transitoria el Reglamento del Código de Tránsito para establecer "velocidades máximas" en caminos y carreteras de todo el país.

La norma establece velocidades máximas de 80 kilómetros por hora para carreteras de tierra y de 110 kilómetros por hora para rutas pavimentadas.

La disposición también establece que de manera extraordinaria y durante el Dakar 2017, se autoriza una velocidad máxima de 110 kilómetros por hora en todas las vías por donde transcurrirá esa competencia.

"De manera excepcional y durante la realización del ‘Dakar 2017’, en fechas 5 al 10 de enero de 2017, se autoriza a todas las y los competidores y a los conductores de vehículos de asistencia, independientemente del tipo de vehículo, el uso de velocidad hasta 110 kilómetros por hora en los siguientes tramos de enlace", detalla el decreto.

Las zonas en las que aplica la disposición por el Dakar son:

a) Villazón-Tupiza-Potosí.
b) Potosí – Oruro – La Paz – Desaguadero.
c) Santiago de Huari – Salinas de Garci Mendoza.
d) Oruro – Pisiga.

La norma instruye a la Policía Boliviana desarrollar un Estudio Técnico de Ingeniería de Tránsito para actualizar los límites de velocidad, en un plazo de 180 días calendario, detalla la información del Ministerio de Gobierno.

En su disposición transitoria primera establece que de manera "excepcional y de forma transitoria", hasta la culminación del mencionado estudio, se modifica el artículo 114 de la resolución Suprema No 187444 de 8 de junio de 1978, Reglamento del Código de Tránsito, con el siguiente texto:

Artículo 114º: (VELOCIDADES MÁXIMAS). Las velocidades máximas en los caminos y carreteras situadas fuera de radio urbano de las ciudades y poblaciones son:
a) En las carreteras pavimentadas hasta 110 kms. por hora para vehículos particulares,
b) En las carreteras pavimentadas hasta 90 kms. por hora para vehículos de servicio de transporte público y de carga.
c) En los caminos y carreteras ripiadas o de tierra hasta 80 kms.por hora.


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