LEY Nº 171
LEY DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De
conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del
Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el
Convenio de Financiamiento N° 4923 – BO suscrito entre el Estado
Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – AIF
del Banco Mundial en fecha 17 de mayo de 2011, por la suma de
DEGs69.650.000 (SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL
00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), equivalentes a $us109.500.000
(CIENTO NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES),
destinados a apoyar el financiamiento del Proyecto Carreteras Nacionales
e Infraestructura Aeroportuaria.
II. Se
autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del
Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que
sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento aprobado
por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil once.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Zonia
Guardia Melgar, Carmen Garcia M., Agripina Ramírez Nava, Ángel David
Cortes Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio
de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis
días del mes de septiembre de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David
Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, E. Viviana Caro
Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Walter Juvenal Delgadillo
Terceros.
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